MONTESINOS POVEDA, Bonifacio, (a) El Escarpell
Petrer / El Vinalopó Mitjà
Natural y vecino de Petrer. Zapatero, de 52 años. Afiliado desde 1934 a Izquierda Republicana de la que fue Presidente. Fue concejal del Ayuntamiento, de forma continuada desde febrero 1936 hasta el final de la guerra. Formó parte del Comité Antifascista del Frente Popular. Durante los primeros días del golpe militar, de acuerdo con  el bando del Gobernador Civil, recogió las armas disponibles en el Ayuntamiento para proceder a  su  reparto entre los partidos leales de la población.  Fue Consejero de Abastos y encargado de las aguas de la mina. Formó parte de la comisión de incautación de fincas rústicas y del comité agrícola integrado por Luis Amat, “El Bravo”, Vicente Brotóns, “Quena”, Eusebio Rico, Joaquín Payá y Ramón Congost.  Le acusaron de apropiarse de una cama depositada en el Ayuntamiento y de ser inductor de los fusilamientos en Alicante dictados por el Tribunal Popular. Fue acusado por: Oleriano Bernabé, Antonio Payá Martínez, Luis Maestre Beltrán, Tertuliano Amat Beltrán y Miguel Román, de participar en la quema de la iglesia. El Sumario principal nº 2346 acumula  otros dos, el 2936 y 3888, y resulta insólito si lo comparamos con otros muchos sumarios, que el juez militar auditor recoja y separe testimonios de sus compañeros de prisión para elevar sus conclusiones, valiéndose de más de cuarenta  declaraciones acusatorias  de los vecinos Joaquín Payá “Raspa cheques”, Eusebio Rico, Juan Brotóns “Capotillo”, Octavio García, junto a otras de falangistas como Manuel Villaplana y Nicolás Andreu. Actuó como abogado defensor Francisco García Romeu. El Informe de la guardia civil es ambiguo y de poco peso acusatorio. No participó en la detención de Nicolás Andreu. El informe de Falange,  firmado por Pedro Román dice que “es inductor de los fusilamientos”. Le avalan como testigos de descargo el Presbítero Conrado Poveda, que afirma  que el acusado le protegió  impidiendo que fuera detenido, los hermanos José, Antoliano y Ricardo Rico Bernabé, que declaran que el acusado sabía que ellos “guardaban en su domicilio los vestidos y aderezos de la Virgen y no fueron denunciados”. También  le avalan en una carta conjunta, de fecha 4 de junio de 1941, los falangistas Carlos Beneit, José García, Matías Bernabé, José Tortosa y José Poveda, entre otros. Otro informe de la guardia civil de Petrer de enero de 1940 dice que “era inductor y por razón del  cargo que desempeñaba ordenaba las detenciones”. Fue detenido en Petrer el 7 de Abril de 1939.  El 13 de julio de 1939 se encontraba internado por enfermedad en el Hospital de Elda. El 29 de abril de 1940 ingresó en el Reformatorio de Alicante. Un Consejo de Guerra celebrado en Alicante el 9 de octubre de 1941 le condenó a la pena de muerte. Entró en capilla a las tres de la madrugada, a las 7.30  fue entregado para su ejecución el 5 de diciembre de 1941 en el Cuartel de Rabasa en Alicante. El Tribunal de Responsabilidades Políticas, comprobada su insuficiencia económica, le condenó a dos años de inhabilitación por detenciones (Fuente: AHPA. Legajos 796 y 19535 – M. Ors - BOPA, 11-VII-1944 -  AGHD. Sumario 2346-15325/4).