NAVARRO MIRA, Trinitario
Algueña / El Vinalopó Mitjà

Natural de Pinoso / Algueña, y vecino de Algueña. Nacido el 2-VI-1888. Médico. Afiliado a PRRS, IR y masonería. Alcalde en 1933. Acusado en la Causa General de haber tomado parte en el asalto al Sindicato Agrícola, en el incendio de imágenes y ornamentos de la Iglesia y ermitas, y en el saqueo de dos domicilios particulares. Fue detenido el 17-VIII-1939, en Ciudad Real y el 6-IX fue internado en el campo de concentración de Monóvar. Ingresó en el Reformatorio de Alicante desde el Hospital el 18-III-1940, asistió a Consejo de guerra el 16-III y el 26-VI-1940, y el 19-II-1941. En la primera fecha fue condenado, por adhesión a la rebelión, a la pena de muerte, pero al haber votos discrepantes, se anuló esa sentencia; en la segunda fecha, se mantuvo la calificación de los hechos y se le condenó a 30 años, pero uno de los miembros del Consejo de guerra consideró que debía ser condenado por auxilio a la rebelión, por lo que de nuevo se anuló la sentencia. Finalmente, el 19-II-1941 se le condenó a 30 años de reclusión de prisión por adhesión a la rebelión: según la sentencia, perteneció a la masonería en 1923, alcanzando el grado de aprendiz; pertenecía a IR desde 1935, ingresó en el PCE a fines de 1936, estaba conceptuado como el árbitro de la política de izquierdas local; negó su aval para ingresar en IR a dos vecinos que luego fueron muertos violentamente, sin su participación; marchó voluntario al frente en agosto de 1936, en las Milicias de IR, fue alférez de Sanidad, pasó luego a teniente; desde junio de 1937 estuvo en la Caja de Reclutas de Ciudad Real, donde colaboró con la quinta columna y ayudó a innumerables personas de derechas. En febrero de 1942 se ordenó su traslado a la cárcel de Elche para “prestar en ella sus servicios de Médico Auxiliar, por acuerdo del Patronato”, peor luego se dejó sin efecto esa orden. En marzo de 1944 estaba preso en el Reformatorio de Alicante, enfermo de gravedad. Se le concedió el indulto de esa pena el 24-V-1946. Miembro de la logia Numancia 3 de Alicante (1923-1929), simbólico "Averroes", gr. 2º. Llevaba 1 año, 6 meses y 2 días preso, se anuló su traslado a Elche por tener antecedentes masónicos, el 10-VII-1943 hizo su retractación de haber pertenecido a la masonería, el 15-II-1944 se autorizó su traslado a su domicilio por enfermedad, vigilado constantemente por los médicos, por lo que no se llevó a efecto el traslado a Madrid ordenado por el TRMyC en mayo de 1944. El médico titular de Algueña en 1944 certificaba que padecía aortitis crónica y trombosis coronaria con infarto de miocardio y accesos frecuentes de angina de pecho. El TRMyC le condenó, en Madrid, el 17-I-1948, a 12 años y 1 día de reclusión menor y separación e inhabilitación absoluta y perpetua, pena que le fue conmutada por la de 3 años y 1 día de prisión menor y accesorias el 11-IX-1948 (Fuente: Causa General – AHPA. Legajos 786, 911, 927, 1166, 9083 y 9094 - Vicente Sampedro - Pedro Payá - Gerardo Muñoz, Información, 10-IV-2015 – AGHD. Sumario 3822. Caja 16225/1).