MARTÍN DE SANTAOLALLA ESQUERDO, Juan.
Alicante – Alacant / L'Alacantí

Natural de La Vila Joiosa y vecino de Alicante. Médico, nacido el 9-IX-1892. Sobrino del doctor Esquerdo. Presidente del Círculo Reformista y concejal en 1922 pasó luego al Partido Liberal. Concejal en el primer Ayuntamiento de la Dictadura. Afiliado al Partido Radical - UR – Masonería. Médico de la Beneficencia Municipal y director de los manicomios creados por su tío el Dr. Esquerdo en Carabanchel y Villajoyosa. Miembro de las logias Constante Alona 3 (1921-1923) y Constante Alona 12 (1923-1925), simbólico Nietzsche, gr. 18. Fue Venerable Maestro del último taller en 1925. Fue considerado desafecto a la República al estallar la guerra, huyendo de Alicante en agosto de 1936 y pasando a la zona rebelde, donde prestó servicios. En junio de 1939, y tras su expediente de depuración, fue readmitido como médico epidemiólogo de la Beneficencia Municipal. Posteriormente, en noviembre de 1939, el alcalde solicitó autorización para revisar ese expediente al tener noticia de que Martín de Santa Olalla había estado afiliado a la Logia Constante Alona, aunque alegaba que apenas lo había estado unos meses, entre 1925 y 1926, en que fue dado de baja por “desacato y falta de pago”; en abril de 1940 elevó escrito de retractación “de sus pasados errores”. Posteriormente, renunció a su plaza, por lo que el Ministerio de la Gobernación no autorizó la revisión de su expediente. Tras ser encartado por el TERMC, fue suspendido provisionalmente de empleo y sueldo por la Comisión Gestora Provincial de Alicante. Ingresó en el Reformatorio de Alicante desde comisaría el 9-IV-1940 y salió en prisión atenuada al día siguiente. Un Consejo de guerra celebrado en Alicante el 9-VII-1940 le juzgó por supuesta falsificación en documento público, al no hacer relación en la declaración jurada de haber pertenecido a la masonería al hecho de haber solicitado la asimilación a Oficial Médico del Ejército Nacional, asimilación que no había tenido el encartado y sí un hermano suyo, lo que determinó la confusión del denunciante. A pesar de decretarse su libertad, se produjo la deducción de tres testimonios para su remisión al Consejo Supremo de Justicia Militar, al Juzgado de Responsabilidades Políticas de Alicante –que le abrió expediente- y al TERMC, que le condenó en Madrid, el 21-X-1943, a 20 años y 1 día de reclusión mayor y accesorias de separación e inhabilitación absoluta y perpetua (en rebeldía). En 1942 marchó a Lisboa y posteriormente al Brasil. A su regreso enfermó, viviendo en La Vila Joiosa, no presentándose a su citación por el TERMC, que le condenó en rebeldía. En julio de 1944, el Tribunal se dirigió al Juzgado de La Vila Joiosa para que requiriese del médico forense información sobre el estado de salud de Martín de Santa Olalla; ordenó que se le enviasen partes quincenales sobre la evolución de su enfermedad, como así se hizo, hasta que falleció en el Sanatorio del Perpetuo Socorro de Alicante, el 1-III-1946. Hasta entonces estuvo sometido a vigilancia (Fuente: AHPA. Legajos 1072, 2781 y 9054 - Vicente Sampedro – AGHD. Sumario 1847. Caja 16163/4 – Vicente Sampedro, 2017 – AM La Vila Joiosa).