PÉREZ MACIÁ, Marina, (a) Fuensanta
Castalla / L'Alcoià

Natural y vecina de Castalla. Sus labores, de 28 años. Estaba desde el 27-XI-1939 en el campo de concentración de Monóvar, el 11-III-1940 pasó a la cárcel de Alcoi y el 7-VI-1940 fue trasladada al Reformatorio de Alicante para comparecer ante un Consejo de guerra, que la condenó a 3 años y 1 día de prisión por auxilio a la rebelión. En agosto de 1947 el alcalde, conocedor de que mantenía relaciones con un casado y de los altercados que se producían con la familia de éste, solicita del Gobernador su destierro, teniendo en cuenta que "tanto la madre -Fuensanta Maciá Ponce- como su marido -José Molla Payá- habían sido fusilados "por haber participado en delitos de sangre durante la dominación roja". La DGS, a consultas del Gobernador, advierte que los confinamientos no deben acordarse más que en casos de grave peligro para el Orden Público, por lo que sólo cabía dar cuenta al Juzgado de Instrucción o una sanción gubernativa. El 1-I-1949 la Guardia Civil insiste en la denuncia y recuerda sus antecedentes: en febrero se la requirió para que se marchase de Castalla, a lo que se negó por ser viuda con dos hijos menores y no tener familiares en los pueblos cercanos, "manifestando que se haga con ella lo que se quiera". Por otro lado, informaba la Guardia Civil, había cesado su relación con su cuñado Bautista. Según un informe de la Guardia Civil, de diciembre de 1950, pertenecía al PCE antes del GMN, participaba en huelgas y manifestaciones, intervino en la profanación de imágenes y altares, se ignoraba la condena que le fue impuesta, estaba entonces en libertad (Fuente: AHPA. Legajos 985, 1149, 9060 y 12616).