MILEGO DÍAZ, Alfredo
Alcoi / L'Alcoià
Natural de Toledo, vecino de Alcoi, catedrático, de 44 años. Se encontraba en Madrid preparando oposiciones cuando estalló la rebelión y se trasladó a Valencia para presentarse ante el Rectorado de la Universidad. Prestó servicios en el Instituto Obrero de Valencia, en el Instituto Pi y Margall de Valencia y en el Instituto Obrero de Barcelona, desde comienzos de 1937 hasta enero de 1939, en que, “obligado por los rojos”, pasó a Francia. Regresó a territorio español el 29 de abril siguiente, fue confinado en un campo de concentración y el 31 de mayo se presentó en Alcoi ante el director del Instituto. Ingresó en la cárcel del partido el 18 de julio; fue procesado en agosto por el juzgado militar de Alcoi y quedó en prisión atenuada el 9 de septiembre. Fue juzgado después en Consejo de guerra. Según el informe del director del Instituto, Milego había llevado una “vida desordenada”, aunque, a pesar de sus ideas,no se manifestósectario” con los alumnos. Declaró que había ingresado en la CNT el 23 de agosto de 1936, para “tener un carnet y mejor defender a las personas que contribuí a esconder y avalar”. La Comisión Depuradora de la Enseñanza le presentó un pliego de cargos en julio de 1940, cuando residía en Valencia, y quedó satisfecha con su descargo, por cuanto quedaban desvirtuadas todas las acusaciones, especialmente, el nombramiento de miembro de la Sección de Institutos del Consejo de Cultura, apenas tres meses antes de la liberación de Barcelona, donde residía. Milego alegó, y la Comisión lo aceptó, que había sido obligado por la CNT a ocupar aquel cargo para “apoyar a las personas de derechas y oponerse a los comunistas, que estaban incrustados en todas las secciones del Ministerio”. Además, este Consejo de Cultura no llegó a actuar. También fue acusado de no practicar la religión católica y de faltar a clase con frecuencia, debido a su ya citada “vida desarreglada”. En vista de los descargos, la Comisión propuso en noviembre de 1941 su confirmación en el cargo, sin sanción alguna. En relación con la actuación de sus compañeros, alegó que no había tenido convivencia con ellos y se limitó a decir que “el Ministerio de Instrucción Pública se caracterizó por el sectarismo que imperaba durante toda la dominación roja”.En septiembre de 1941 el Juez Militar de Funcionarios le citó. La Justicia Militar le incoó procedimiento judicial.(Fuente: AHPA. Legajo 19583- AHPA, Educación y Ciencia, Legajos 26470 y 26471 - AMA, sign. 1460 a 1466, Informes y correspondencia sobre seguridad, orden y control público (1939-1944) - Información, 10-IX-1941 – AGHD. Sumario 5652. Caja 16083/21).