GAS TOMÁS, Sebastián
Alicante – Alacant / L'Alacantí

 

Natural y vecino de Alicante. Ferroviario, de 26 años. Miembro del PCE y de la UGT. Fue movilizado con su reemplazo y estuvo en Sanidad Militar, en el frente de Madrid. Cuando era vecino de Orihuela, al final de la guerra ingresó en la provincial de Alicante el 10-III-1939 y salió en libertad el 12-III-1939, muy probablemente por su pertenencia al PCE. A los 32 años fue encarcelado en el Reformatorio de Alicante el 1-II-1947, a disposición del Gobernador Civil. El 10-II salió a diligencias y a su regreso quedó incomunicado, aunque se levantó esa condición el 14-II-1947. El 13-II-1947 pasó a disposición del TRMyC, por presunta pertenencia a una organización clandestina comunista, a la que el fiscal acusaba de tratar de “implantar por la violencia un régimen de terror”. El 17-II fue procesado y pasó a prisión preventiva, el 19-IV fue trasladado al Hospital Provincial para una intervención quirúrgica, regresó al Reformatorio el 7-X-1947. En enero de 1948 solicitó que la causa pasara a la jurisdicción ordinaria, lo que le fue denegado. Un Consejo de guerra celebrado en Alicante el 13 de julio de 1948 le condenó a 12 años y un día por auxilio a la rebelión, por "organización clandestina del PCE": según la sentencia, era de buena conducta y no tenía antecedentes; ingresó en el PCE en septiembre u octubre de 1946, a instancias de Ginés García, fue nombrado secretario general del Comité Provincial del partido, cobraba cotizaciones –en torno a 200 pesetas semanales, además de las 500 que les produjo una rifa- que repartían entre el propio Comité Provincial, la ayuda a los presos en el Reformatorio de Alicante y a la viuda de un fusilado, lanzó la propaganda que apareció en Alicante en diciembre de 1946 y organizó a unas cuarenta o cincuenta personas. El fiscal pidió 15 años de reclusión menor y la defensa 6 años y 1 día de prisión. Aunque se propuso su traslado a El Dueso, no llegó a efectuarse por considerarlo "imprescindible" el director de la prisión de Alicante. El 5-II-1951 fue indultado de la cuarta parte de la pena. Tuvo varios expedientes de redención extraordinaria, por donación de sangre y trabajos auxiliares. El 24-XII-1951 salió en libertad condicional, cumplidas las tres cuartas partes de la pena. Quedó en libertad definitiva el 17-III-1954 (Fuente: AHPA. Legajos 978, 9120, 19553 y 19566 – AGHD. Sumario 98. Caja 16282/1 – Ignacio Tébar).