CARRATALÁ POVEDA, Rafael
Alicante – Alacant / L'Alacantí

Natural y vecino de Alicante, donde nació el 8-X-1890. Viajante / Empleado. Miembro de la logia Constante Alona nº 1 de Alicante (1927-1929), simbólico "Nakens" gr. 3º. Ingresó el 13-IV-1939 en el Reformatorio de Adultos como “medida preventiva hasta posterior información sobre su actuación durante el período rojo toda vez que por dicho Gobierno fue nombrado agente de policía y considerarse en estos momentos peligrosa para la causa su libertad”. Según un informe de la policía, de enero de 1940, fue avalado por el Partido Comunista para ingresar en la policía roja, y fue destinado sucesivamente a Elche y a Figueras, ignorándose cuál fue su conducta, era de ideología izquierdista moderada. El 8-I-1940 estaba preso en Alicante y pasó a disposición del Auditor de Guerra. Salió en prisión atenuada el 12-I-1940. Declaró haber estado destinado en Alicante y, en lo dos meses finales de la guerra, en Cuenca; asimismo citó a varias personas a las que protegió en Alicante. Fue avalado por Juan Vidal Ramos y el militar Juan Bautista Soto Chápuli. Tuvo buenos informes de la guardia civil pero el alcalde aseguró que era “el más cumplidor de las órdenes de los rojos”. También tuvo malos informes de la guardia civil, la policía y el Ayuntamiento de Elche; desde Figueres se informó de que no se le conocían hechos delictivos en su estancia allí. Fue entonces denunciado por varios vecinos de Cocentaina, que le acusaron de amenazas, registros, detenciones y malos tratos durante su estancia al frente de la policía en la ciudad desde el 1-IX al 30-XI-1938; el alcalde le consideró peligrosísimo y “terror de los elementos de derechas”. Fue localizado en Alicante y trasladado por falangistas a Cocentaina el 29-V-1940. En julio de 1940 le denunciaron varios vecinos de Benissa, que le acusaron de haber capitaneado un coche de “la Pepa” que asesinó a dos religiosos en aquella localidad. Curiosamente, el Juzgado Militar no investigó esa denuncia. Ingresó en la prisión de Alcoi, desde el depósito municipal de Cocentaina el 22-VII-1940 y fue trasladado al Reformatorio de Alicante el 4-IX-1940. Un Consejo de guerra celebrado en Alicante el 29-XI-1940 le condenó a 12 años y 1 día de reclusión menor por auxilio a la rebelión: según la sentencia, no tenía antecedentes políticos hasta que en septiembre de 1936 se afilió al PCE y avalado por ese partido ingresó en el Cuerpo de Investigación y Vigilancia, prestando servicio en la Brigadilla Criminal y en la sección de Estadística de Alicante, observando una actitud correcta y favorable a las personas de orden; estuvo destinado luego en Elche y Figueras, donde practicó registros y requisas; entre septiembre y noviembre de 1938 fue comisario jefe de Cocentaina, donde practicó registros y detenciones, comportándose groseramente con algunos detenidos. El 28-XI-1942 salió en prisión atenuada y obtuvo la libertad condicional el 2-II-1943, y la definitiva el 21-VII-1951. El TRMyC le condenó a 12 años y 1 día de reclusión menor e inhabilitación absoluta y perpetua. Estaba en prisión atenuada y en septiembre de 1946 se le conmutó la pena por la de tres años y un día de confinamiento, que cumpliría en Alicante, con la obligación de presentarse mensualmente en comisaría. Se comunicó la sentencia al Ayuntamiento de Alicante en enero de 1947. Se le aplicó la LRP (Fuente: AHPA. Legajos 818, 983, 1200, 9146 y 9304- M Ors – Vicente Sampedro – AGHD. Sumario 6179. Caja 15874/6 – Lauri Prieto, 2022).