CAAMAÑO DÍAZ, Carmen
Alicante – Alacant / L'Alacantí

Natural de Madrid y vecina de Alicante. Licenciada en Filosofía y Letras y bibliotecaria, nacida en 1911. Militante destacada de la FUE en Madrid, fue encarcelada en 1929. Secretaria general de la Unión Federal de Estudiantes Hispanoamericanos (UFEH) en 1930-1931. Durante la República participó en las Misiones Pedagógicas y colaboró con Sánchez Albornoz. Al estallar la guerra civil trabajó en asuntos culturales en Madrid y Valencia hasta que en 1937 se trasladó a Alicante con su marido, Ricardo Fuente, destinado como profesor de Dibujo al Instituto, en cuya Biblioteca trabajó Carmen. Tras una entrevista con Jacinto Alemañ, que le hizo ver la necesidad de trabajar para incorporar a las mujeres al trabajo político y a la vida económica, Caamaño y su marido se afiliaron al PCE, y ella ocupó cargos directivos en el CP del partido y en el Comité de Enlace entre los partidos marxistas, y fue secretaria general provincial de la Agrupación de Mujeres Antifascistas. Secretaria de Jesús Monzón, le sustituyó, ya al final de la contienda, como Gobernador Civil de Cuenca. Miembro en 1938 del Bureau Político del PCE alicantino. Se reunió con su marido en el puerto, tras haber dado a luz, y se presentaron ambos en el Ayuntamiento de Sant Joan. Fue detenida el 2-IV-1939 e ingresó en el Reformatorio de Alicante al día siguiente. A fines de abril fue trasladada al Hospital provincial “a fin de completar su curación” -había dado a luz recientemente, el 18 de marzo- y regresó en junio al Reformatorio. En julio fue llevada de nuevo al Hospital para hacerle unas radiografías y en octubre fue destinada a oficinas. Fue procesada por la Justicia Militar en Alicante y en Madrid, en 1939. El fiscal pidió 12 años y 1 día de reclusión menor por auxilio a la rebelión, y el defensor calificó los hechos como excitación a la rebelión, pidiendo se mitigase la pena hasta llegar a la absolución. Un Consejo de guerra celebrado en Alicante el 25-VIII-1939 la condenó a 12 años y 1 día de reclusión menor por auxilio a la rebelión: según la sentencia, era secretaria general de la FUE antes de la guerra, pertenecía a UGT desde 1935, se afilió al PCE “durante el dominio rojo” y en representación de ese partido intervino en un mitin en Villena; estaba destinada en la Biblioteca Nacional en julio de 1936, fue evacuada a Valencia, donde fue nombrada secretaria del Subsecretario de Instrucción Pública; luego fue destinada al instituto de Alicante y fue secretaria particular del gobernador civil Monzón, del PCE, al que acompañó, con el mismo cargo, cuando fue destinado a Cuenca; fue capturada en el puerto de Alicante, “donde se había refugiado con ánimo de huir al extranjero”. En agosto de 1939 pidió la prisión atenuada porque no podía atender a su hijo por las malas condiciones higiénicas de la cárcel. En junio de 1941 se la conmutó la pena por la de 12 años de prisión mayor. El 8-X-1941 quedó en prisión atenuada en su domicilio y el 23-X-1941 quedó en libertad condicional. Fue detenida de nuevo en marzo de 1942, en el contexto de las investigaciones sobre la reorganización del PCE en la provincia, tras la detención de Quiñones y Cardín en Madrid: ante la policía, admitió haber recibido la visita de un joven, que le presionó para que se hiciera cargo del comité provincial del PCE; no supo negarse, pero no llegó a realizar ninguna actuación; sus relaciones con Luis Giménez y Constanza Reynaud eran ajenas a la política. Tuvo buenos avales, entre ellos el del capellán del Reformatorio de Alicante, Gaspar Blanquer. Un Consejo de guerra celebrado en Madrid el 26-IV-1944 la condenó a 8 años de prisión. Pero el Auditor anuló la sentencia y se celebró otro Consejo de guerra, en Alcalá de Henares, en junio del mismo años, que le condenó a 5 años y 4 meses de prisión menor: según la sentencia, estuvo afiliada a la FUE antes del GMN y al PCE desde 1937, recibió en su domicilio la visita de un individuo para que se hiciera cargo de la reorganización del PCE, se negó, pero le proporcionó nombres de otras personas que lo podrían hacer; se la consideró cómplice, por lo tanto. El 29-VIII-1946 se le indultó del resto de la pena. Obtuvo la libertad definitiva el 28-IV-1951 (Fuente: AHPA. Legajo 9146 – Diccionari Biogràfic de dones – Nuestra Bandera, 5-VIII-1938 – AGHD. Sumarios 90. Caja 15860/2, 38767. Caja 2909/11, y 111457 – Moreno Sáez, 2011 – Ignacio Tébar).