MARTÍNEZ FERRÉ, Amelia, (a) La Blanca
Banyeres de Mariola / L'Alcoià
Natural y vecina de Banyeres de Mariola. Papelera, de 21 años. La Guardia Civil -que sospechaba que "algunos elementos rojos, reaccionarios, descontentos del régimen actual, se reunían y propagaban sus ideas del marxismo""-, acompañada de algunos falangistas, la detuvo y puso a disposición del Auditor de Guerra el 16-II-1940, por sus reuniones con Virtudes Ribera Domínguez y Rosalía Francés Belda, que también fueron detenidas. Perteneció a las Juventudes Libertarias, amedrentaba con su pistola a personas de derechas y tomó parte en la destrucción de la Iglesia. Ingresó en la cárcel de Alcoi desde Banyeres el 27-II-1940, acusada de rebelión, pasó el 9-IV-1941 a la cárcel de Monóvar y fue trasladada el 14-XI-1941 al Reformatorio de Alicante; tenía otra responsabilidad pendiente en Alcoi por rebelión, asistió a Consejo de guerra el 1-XII-1941 y fue condenada a 6 años y 1 día por auxilio a la rebelión: según la sentencia, pertenecía a la CNT, fue secretaria de las Juventudes Libertarias, fue testigo de cargos contra un vecino que estuvo preso algún tiempo, fue una intensa propagandista y después de la Liberación se reunía con Virtudes Ribera y Rosalía Francés para comentar los acontecimientos nacionales e internacionales. Llevaba 1 año, 10 meses y 11 días presa. Otro Consejo de guerra, celebrado el 21-VIII-1942, la condenó a 12 años y 1 día por auxilio a la rebelión: según la sentencia, participó en la manifestación contra las monjas, en el asalto y saqueo al convento y a la casa del notario. Ya llevaba 2 años, 4 meses y 15 días presa; se le acumuló la primera pena a la segunda, el 24-X-1943 obtuvo la libertad condicional por la segunda pena, pero fue retenida por la primera, que comenzó a cumplir; de nuevo obtuvo la libertad condicional el 23-IX-1945, el 11-IX-1946 fue autorizada a ir a Alcoi desde Barcelona -¿dónde estaba desterrada?-. Estuvo sometida al control de la Junta local de Libertad Vigilada. Se le concedió el indulto de una pena el 22-V-1943, siguió en libertad condicional por la otra. Obtuvo la libertad definitiva el 22-IX-1947. Se le aplicó la LRP (Fuente: AHPA. Legajos 1060, 9055, 9102 y 9123 - M. Ors - AMA, sign. 10340 y 11025. Actas de la Junta local de Libertad Vigilada – AGHD. Sumarios 10349. Caja 1048/1, 6141 y 7080. Caja 15465/5).