HERNÁNDEZ TEROL, Pascual
Redován / La Vega Baja/El Baix Segura

Natural de Elche y vecino de Redován. Amanuense, nacido el 26-V-1902. Afiliado al PSOE desde octubre de 1932. Colaborador del periódico El Obrero. Desde 1936 fue secretario interino del ayuntamiento de Redován, incorporándose a la UGT de la que fue vicesecretario. Durante la guerra civil se incorporó al Batallón Elche prestando servicio como suboficial en las oficinas. En noviembre de 1936 fue herido en el frente de Carabanchel (Madrid) siendo trasladado al hospital de Valencia y más tarde al de Elche. En diciembre siguiente regresó al mismo frente. En abril de 1937 ascendió a teniente de Infantería siendo herido de nuevo en diciembre de ese año e ingresado en el hospital nº 4 de Madrid. En marzo de 1938 fue destinado al 4º Batallón de Retaguardia en Valencia donde permaneció hasta el final de la guerra civil. Ingresó en el Reformatorio de Alicante el 23-V-1939 desde la prisión celular de Valencia, fue enviado a la cárcel de Elche el 25-IX-1939 y volvió al Reformatorio el 3-I-1940, compareciendo ante un Consejo de guerra al día siguiente. Un Consejo de guerra celebrado en Alicante el 6-VI-1940 le condenó a la pena de muerte, conmutada el 7-II-1941 por la de 30 años, por adhesión a la rebelión: según la sentencia, estaba afiliado al PSOE desde 1932 y a UGT desde 1936, intervino en los sucesos revolucionarios de 1934; fue nombrado secretario de Redován a raíz de las elecciones de febrero de 1936, y allí organizó las milicias, fue miembro del Frente Popular y del Comité de Orden Público -bajo cuyo mandato se cometieron asesinatos-, marchó voluntario en el Batallón Elche y alcanzó la graduación de teniente; en los primeros días del alzamiento militar, como dirigente máximo de Redován, practicó más de 25 detenciones de personas, algunas de las cuales fueron asesinadas en diciembre; escribió en El Obrero artículos de propaganda de la causa roja y sus dirigentes. Fue enviado al penal de El Dueso el 23-II-1941, pidió el traslado a la cárcel de Novelda, que consiguió el 10-I-1946; en ese año pidió el ingreso de sus hijos en un colegio del Patronato de La Merced, pero no el de su hija, que ya tenía diecisiete años y estaba al cuidado de sus abuelos. Tuvo informes desfavorables, cumplida las tres cuartas partes de la pena le correspondió la libertad condicional el 27-VII-1948, libertad definitiva el 5-VIII-1955. En 1948 pidió autorización para trasladarse a Elche desde la cárcel de Novelda para poder acompañar a su padre en sus últimos momentos. Fijó su residencia en Novelda. Se le aplicó la LRP y su expediente fue sobreseído en 1947 (Fuente: AHPA. Legajo 939, 9129, 9168 y 9283 – Fundación Pablo Iglesias – AGHD. Sumario 1135. Caja 15482/13 – BOPA, 2-VII-1947).