CARDONA COTS, Carlos
Pego / La Marina Alta

Natural y vecino de Pego. Cerrajero, nacido el 24-X-1920. Sobrino de Rafael Faraig. Fue apresado el 10-VI-1939. En octubre de 1939 estaba encarcelado en Dénia. Ingresó en la cárcel de Portaceli el 1-XII-1939 desde el campo de concentración de la localidad, pasó a la cárcel de Alcoi el 20-III-1940 y el 4-VII-1940 fue enviado al Reformatorio de Alicante. Fue acusado de ser gran propagandista de la causa roja, acusación que Cardona negó. Recibió avales de vecinos de Tollos y Pego. El fiscal pidió una pena de 12 años de reclusión. Un Consejo de guerra celebrado en Alicante el 12-VII-1940 le condenó por auxilio a la rebelión a 6 años y 1 día de prisión mayor: según la sentencia, era de buena conducta e ideales izquierdistas antes de la guerra, en septiembre de 1936 se afilió a las Juventudes de IR, de las que fue miembro destacado, ocupando los cargos de vocal y presidente en 1938, militante de la UGT desde 1937, entusiasta de la causa roja, trabajó en una fábrica de guerra en Pego, se incorporó después al destacamento de Alcoi y finalmente a una Brigada, en los frentes de Madrid y Andalucía. Miembro de un Comité informativo del Frente Popular que, con otros, elaboró en 1937 un listado de desafectos, de los que se decía que eran de derechas, pero de conducta excelente, listado que no enviaron a las autoridades hasta muchos meses después: en mayo de 1938 fueron detenidos por ello siete vecinos, algunos de los cuales sufrieron cautiverio durante varios meses y fueron obligados a trabajos forzados; con la mayoría del Comité Informativo, suscribió un documento pidiendo su libertad; siempre se comportó bien con las personas perseguidas. Llevaba preso 1 año, 1 mes y 8 días, fue trasladado a la cárcel de Elche el 12-XII-1940, obtuvo la libertad condicional el 28-VI-1941, pasó luego al campo de concentración Miguel de Unamuno (Madrid), del que pasó al “depósito de concentración” de Reus; estuvo en BST en Bailén; Guadalajara y Alsasua; obtuvo la libertad definitiva el 15-II-1945. El TRP sobreseyó provisionalmente su expediente en 1946 (Fuente: BOPA, 6-XII-1946 – AHPA. Legajo 9127, 19531 y 19553 – AM Dénia - AGHD. Sumario 5996. Caja 16282/3).