CARRASCO BERNAL, Carlos
Alcoi / L'Alcoià

Natural de Cehegín (Murcia) y vecino de Alcoi. Chófer, de 50 años, casado, con tres hijos. Fue recluido en La Abastecedora y fue trasladado al Reformatorio de Alicante el 22-III-1941. Un consejo de guerra celebrado el 3-V-1941 en Alicante le condenó a la pena de muerte por adhesión a la rebelión, que le fue conmutada por la inferior en grado, aunque según otras informaciones fue ejecutado el 14-I-1941. Según la sentencia, era apolítico y de tendencias izquierdistas antes de la guerra, durante la cual se afilió a la CNT, se puso a las órdenes del Frente Popular y condujo en varias ocasiones a detenidos, que fueron asesinados, “sin que aparezca aclarado [que] fuera el autor material de dichos hechos ni que se prestara voluntario para tales fines”. Según un informe del Ayuntamiento de Alcoi, se le atribuyó la “saca” del requeté Rafael Giner Bartolí, detenido en la prisión de las Esclavas, que fue conducido en el coche de la “calavera” y asesinado por la noche. De acuerdo con los informes elaborados por Policía, Guardia Civil y Falange, con fecha del 11-II-1944, estaba afiliado a la CNT (aunque la Guardia Civil lo consideraba afiliado desde 1931 al PC), al estallar la guerra se presentó a prestar servicio como miliciano armado con pistola y escopeta; se le implicaba en diversos “paseos”, entre ellos el de Giner Bartolí, y de jactarse en sus conversaciones de café de dichos asesinatos; se le consideraba uno de los conductores del célebre “coche de la calavera” durante los “paseos nocturnos”; también fue acusado de tomar parte en el asalto al cuartel militar, de donde sacó armas, y de participar en el asalto y saqueo de la iglesia parroquial de Santa María y de la capilla del colegio de las Esclavas, y en el asalto y saqueo de la armería de José Ferrándiz Bou, y de marchar voluntario en la columna revolucionaria al frente. Era tachado de “anticatólico, mala vida pública y privada, y mala situación económica” y de “individuo peligrosísimo para la Causa Nacional”. En octubre de 1943, la Guardia Civil y la alcaldía de Alcoi remitieron una nota al TRP asegurando que había sido fusilado y que no tenía ningún tipo de bienes. La Junta local de Libertad Vigilada le consideraba “individuo contrario al Régimen y de instintos criminales y perversos, pudiendo fácilmente servir de enlace”, por lo que se oponía a autorizarle cualquier desplazamiento. Condenado por el TRP a cinco años de inhabilitación, una vez comprobada su insuficiencia económica, por asesinatos. (Fuente: AHPA- Legajos 901 y 9140 - AMA, informe sociopolítico n.º 1283; AMA, RR PP, exp. 1253 - BOPA, 4-X-1944 - Pascual Mira, 1993 - Doménech Romá, 2014 – AGHD. Sumario 7608. Caja 15873/10).