SERRANO CAMPELLO, José
Elche - Elx / El Baix Vinalopó

Natural y vecino de Elche. Contable, de 43 años. Ingresó en la cárcel de Elche el 11-II-1941 desde comisaría, el 27-II-1941 fue trasladado al Reformatorio de Alicante. Tesorero de las Juventudes Socialistas en 1915 y, posteriormente. Presidente. Vicepresidente del Círculo Obrero Ilicitano, fue también redactor y director del semanario socialista El Obrero. Concejal socialista desde 1931. Preso en octubre de 1934, al sumarse a la revolución. Contable de "La Hiladora Ilicitana". Sexto teniente de alcalde en febrero de 1936 (Instrucción pública y Bellas Artes). Cuarto teniente de alcalde de la Comisión Gestora y quinto teniente de alcalde del Consejo Municipal. Vocal del Comité Agrícola Local del Frente Popular. Primer teniente de alcalde desde el 25 de mayo de 1938. Cuando fue movilizado y destinado a Alcoi, fue comisario durante unos días. Fue detenido en febrero de 1941, cuando estaba oculto en casa de Concepción Campello -que fue detenida, como Clara Rodríguez y María Torres Aznar-, donde se encontraron folletos “de propaganda roja”. Cuando fue interrogado tras su detención, el 8-II-1941, describió con detalle su trayectoria política y trató de desmarcarse de lo ocurrido en Elche durante la República y la guerra, que atribuyó a compañeros del Frente Popular, a los que denunció. En septiembre fue trasladado al Reformatorio de Alicante. En octubre de 1941 fue condenado a la pena de 30 años por el delito de auxilio a la rebelión. Cumplió condena en el Reformatorio de Adultos de Alicante, en el que fue nombrado el 1 de julio de 1943 contable del economato de la cárcel. El 30 de septiembre de ese mismo año se le abonaron dos meses de redención de condena por “el esfuerzo intelectual realizado en el curso del 1º grado de religión”. El 30 de enero de 1944 fue conducido a Elche “para visitar el cadáver de su madre, reingresando el mismo día”. El 16 de marzo de 1944 la Comisión de Penas de Alicante eleva a la superioridad una propuesta de conmutación de pena por la de 20 años de reclusión menor. El 1 de abril de 1944 la Junta de Disciplina del Reformatorio emite un certificado de “intachable conducta a efectos de propuesta de libertad condicional”. El 26 de abril de 1944 se le concede la libertad condicional y, oficialmente, el 30 de marzo de 1959 habría extinguido su condena. Se le aplicó la LRP y su expediente fue sobreseído en 1947. Murió en 1945 (Fuente: Cátedra Pedro Ibarra - AHPA. Legajos 1301, 2335 y 9274 – BOPA, 24-VII-1947 – Gaceta de Alicante, 21-II-1941 – AGHD. Sumario 10164. Caja 15892/3).