RAMIS JORDÁ, Juan
Muro de Alcoy / El Comtat

Natural y vecino de Muro. Ferroviario, de 60 años. Ingresó en la cárcel de Alcoi el 10-IV-1939, calificado como peligroso. El 3-VIII-1942 fue enviado al Reformatorio de Alicante. Un Consejo de guerra celebrado en Alicante el 20-VIII-1942 le condenó a 10 años de prisión menor por auxilio a la rebelión: según la sentencia, pertenecía a PSOE y UGT desde 1931, fue alcalde de Muro entre mayo y septiembre de 1936, época en que se produjeron el asalto a la iglesia -en el que no intervino y trató de evitar, colocando un letrero pidiendo al pueblo que respetase el edificio-, incautaciones y exigencia de dinero a personas de derechas; favoreció a personas de orden, singularmente al párroco de la localidad. Se le acusó también de haberse apoderado de un domicilio particular, tuvo bastantes avales de religiosos y falangistas. No formó parte del Comité Revolucionario. El defensor afirmó que Ramis, alcalde de la localidad, no había cometido ninguno de los delitos que se le imputaban. Según un informe de la Guardia Civil, de agosto de 1950, antes del GMN era un "caracterizado elemento marxista", fue el organizador del movimiento revolucionario de octubre de 1934, dificultó y quiso suprimir los actos públicos de la Iglesia. Al estallar el alzamiento militar, era alcalde y lo fue hasta el 16-IX-1936, instigó la destrucción de la Iglesia, detuvo en julio de 1936 a un sacerdote -contra el que declaró en el juicio- que fue condenado a 30 años de prisión, fue responsable de la detención de personas de derechas y se apoderó de la casa de una de ellas. Al ser liberada la población fue detenido y trasladado a la cárcel de Alcoi y de allí al Reformatorio de Adultos de Alicante, permaneciendo preso cuatro años. Fue condenado a 10 años de cárcel por auxilio a la rebelión y se encuentra en libertad vigilada. "Por su edad, viene observando buena conducta", y se le considera peligroso para la Causa Nacional (Fuente: AHPA. Legajos 938 y 12607 – AGHD. Sumario 8457. Caja 15999/2).